Es el primer fallo que sienta precedente en Tierra del Fuego
La justicia federal de Ushuaia falló a favor del amparo presentado por la Cooperativa Renacer, y la empresa Camuzzi deberá dar marcha atrás con el tarifazo de gas, para iniciar negociaciones. De 3.400 pesos debían pagar 49 mil, por medio mes con aumento, y esperaban una próxima factura cercana a los 80 mil. La presidenta de la fábrica recuperada, Mónica Acosta, lo consideró “un paso fundamental para la preservación de los puestos de trabajo”.
Río Grande.- El viernes pasado se conoció la sentencia del juez federal de Ushuaia Federico Calvete, tras el amparo presentado por la Cooperativa Renacer, que sentó precedente en la provincia de Tierra del Fuego.
Con fallo favorable a los trabajadores de la fábrica recuperada, Camuzzi Gas del Sur deberá dar marcha atrás con el tarifazo y comienza una etapa de negociaciones para resolver la cuestión de fondo, pero en principio descartarían de plano un aval al 1.600 por ciento de aumento, que había recaído sobre el sector de cooperativistas.
En diálogo con Radio Universidad 93.5, la presidenta de la Cooperativa, Mónica Acosta, espera que ahora se abra un debate “en torno a si se va a hacer extensivo a todos”, dado que la resolución se toma en forma interina y específicamente respecto de la fábrica, mientras siguen avanzando los amparos presentados por las Cámaras vinculadas a la actividad comercial y turística, y un recurso similar promovido por el Municipio de Río Grande y el Concejo Deliberante de esta ciudad.
Acosta recordó “la discusión previa al fallo, sobre cómo se tributa en la provincia, quienes pagan más, quienes menos, y quién paga los platos rotos de la fiesta de los de arriba”, luego del paraguas de alivio que trae esta sentencia, en medio de la recesión del país.
“Ha sido un primer paso fundamental para nosotros, para la preservación en primera instancia de las fuentes de trabajo”, dijo, previendo que deberán acompañar este fallo con “una batería de medidas que tiendan a estabilizar aunque sea en parte nuestra cadena de producción”, para sortear la crisis.
“Habrá que evaluar en los sucesivos meses el impacto de la crisis y si persiste este grado de recesión donde hay temor en la gente, y a partir de ahora también hay un debate, porque muchos decían que no convenía judicializar”, indicó, siendo la propia gobernadora Rosana Bertone la que desaconsejaba este camino.
El precedente provincial
Para Acosta el fallo “tendría que hacerse extensible para los usuarios y la gente que hoy se ha visto reducida en lo salarial y también en la pérdida de trabajo”, si bien por el momento resuelve hacer lugar al amparo “en forma interina” y suspender los efectos de la resolución 28/2016 del Ministerio de Energía, por la cual se modificó el cuadro tarifario de Camuzzi.
“Hasta donde tengo entendido, hay que retrotraerse al momento de la factura anterior y se abre un proceso de tres meses consecutivos, donde queda básicamente la misma factura de consumo que teníamos antes del impuestazo. En el marco de esto se abre una negociación”, dijo, teniendo en cuenta que el amparo suspende la resolución pero no la elimina.
No obstante, para Acosta “queda descartado el aumento de 1600 por ciento. Por desestimación judicial no pueden volver a esa cifra”, aseguró, teniendo en cuenta el aumento con el que se vieron desbordados.
Cabe mencionar que “de 3.400 pesos nos fuimos a 49 mil, con quince días de nueva tarifa; y preveíamos que iba a estar entre los 75 mil y los 80 mil pesos el mes completo”.
Otra batalla de una larga pelea
Como fábrica recuperada, este fallo da un respiro a la larga lucha de Renacer. “Pasamos por dos cierres, a fines del ’96 con Aurora y a fines del 2000 cuando la UOM de Ushuaia nos vació el primer proyecto autogestivo de país, porque fuimos los primeros con SIAM de Avellaneda en el ’96, en crear la primera empresa autogestiva”, recordó.
“Después de muchísima lucha, con carpa en la puerta de la fábrica, en 2003 constituimos la Cooperativa, con la finalidad de poder presentar un proyecto de ley en la Legislatura para que se expropiaran las unidades productivas. En aquel momento contaba con dos plantas industriales importantes, la que tenemos en usufructo en la actualidad y la ex planta CM”, continuó el breve repaso de la historia de la fábrica.
“Nosotros cedimos esa planta al Estado si cumplía con nuestra ley de expropiación, a fin de canalizar las necesidades edilicias en materia de educación. Años más tarde el gobierno cedió a Newsan esa planta, a cambio de que le construyeran las escuelas”, apuntó.
Amparados en contacto
Con este primer fallo en la provincia, hubo contactos de otros sectores que tomaron la misma vía, o piensan hacerlo. “Hemos tenidos algunos llamados de gente que ha querido conocer el fallo. Nosotros lo hicimos público porque nos parecía que, frente a las dudas de a quiénes atienden los casos judiciales, en este caso sentimos que la justicia hizo un aporte no sólo a los puestos de trabajo, sino a una fábrica que realmente lo necesita para poder sostener el empleo en el marco de la crisis”, reconoció.
Insistió en que esta sentencia “también sienta un precedente de que es posible para la comunidad, que ha tenido temor de hacerlo. Se escucha a distintos funcionarios que plantean que esta no es la salida y hay que esperar un marco de negociación política, pero el tiempo sigue pasando”, cuestionó, dado que empiezan a correr los vencimientos de las facturas.
Hasta ahora no conforman los paliativos que ofrece el gobierno, ni para los usuarios, ni para los comercios y las PYMES. “Las decisiones políticas que toma el gobierno de Macri han sido un tope del aumento del 400%; pagar parte ahora y el resto en enero cuando creen que baja el consumo, pero en Tierra del Fuego el consumo no baja mucho que digamos. El gas es un bien, una necesidad de uso de todo el año”, enfatizó.
El fallo
Textualmente, la sentencia del Dr. Calvete expresa lo siguiente:
RESUELVO:
I.– ORDENAR la tramitación del incidente de medida cautelar contra el Estado, en la forma dispuesta supra.-
II.- HACER LUGAR EN FORMA INTERINA a la suspensión de la aplicación de las disposiciones de la Resolución 28/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, de la Resolución I/3733 del Enargas y ordenar a Camuzzi Gas del Sur S.A. que emita nuevas facturas correspondientes al período de marras, de conformidad con el cuadro tarifario anterior a la entrada en vigencia de las normas cuya suspensión provisoria aquí se dispone, respecto de la COOPERATIVA DE TRABAJO RENACER EX AURORA USHUAIA LTDA; medida que estará en vigencia hasta la resolución del incidente de medida cautelar.-
III.– Intimar al accionante que inste la formación del incidente cautelar.-
IV.- Regístrese. Notifíquese. Cúmplase.-
Dr. Federico H. CALVETE
JUEZ FEDERAL
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