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“La Patagonia es un lugar necesariamente de municipios autónomos”

El constitucionalista Antonio María Hernández disertó en el marco del ciclo de conferencias sobre autonomía municipal que organiza el Municipio de Río Grande, y fue contundente al exponer la jurisprudencia existente en la Corte Suprema, a favor del derecho de los municipios a percibir el impuesto inmobiliario. Particularmente destacó la autonomía de las ciudades patagónicas y de Tierra del Fuego en particular, como asesor en la redacción de la Constitución fueguina, convencional constituyente en la reforma del ’94 y asesor en la elaboración de las cartas orgánicas de Ushuaia y Río Grande.

“Pretender meter un zarpazo para quedarse con tributos que históricamente han sido de los municipios, es de una gravedad inusitada”, calificó el constitucionalista Hernández, y advirtió que aun presentándolo la gobernadora, “estamos ante una violación de la Constitución provincial y la nacional”.

Río Grande.- En la segunda jornada del ciclo de conferencias sobre autonomía municipal, que comenzó a principios de año, disertó este lunes el constitucionalista Antonio María Hernández, en instalaciones del CGP Padre Zink.
Hernández proviene de Córdoba, es abogado y doctor en Derecho y Ciencias Sociales, docente de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de su provincia, diputado (mc), ex constitucionalista y profesor de distintos post grados; además presidente honorario de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional y columnista en varios medios de prensa nacionales, fundamentalmente en la temática de libertad de prensa y derecho a réplica.
En una entrevista con FM Aire Libre, dio detalles de su presentación sobre los antecedentes jurídicos y constitucionales que garantizan las autonomías municipales, y expuso los “preceptos que invalidan el intento de avance del gobierno provincial sobre el cobro del impuesto inmobiliario”.
Admitió su “sorpresa” cuando se enteró de la acción declarativa de certeza que interpuso el gobierno a través de la AREF. “Con gran dolor estudié la situación, porque había venido a la isla antes de la provincialización, a participar de jornadas de derecho público. Asesoré y participé en el momento en que se sancionó la Constitución de la provincia y también al momento de la sanción de las cartas orgánicas municipales. Quiero mucho a la Patagonia, a Tierra del Fuego, y siempre supe que la Patagonia es un lugar necesariamente de municipios autónomos, vigorosos y participativos, porque lo indica la propia naturaleza, frente la inmensidad del desierto patagónico”, señaló.
Por las características propias de la región, sostuvo que para el ciudadano “la única posibilidad de estar ante el estado, es ante el estado municipal, y no me sorprende que en la historia del municipalismo argentino, desde siempre el municipio fuera una instancia muy importante del poder estatal”.
“En el momento en que los territorios nacionales se transforman en provincias, las primeras constituciones, las de Neuquén, Río Negro, Chubut, consagraron rápidamente el principio de la autonomía municipal en todos sus aspectos. La autonomía municipal fue uno de los rasgos característicos del derecho público de las provincias patagónicas”, subrayó.
Al margen de los antecedentes locales y regionales, remarcó que “este principio de autonomía municipal quedó consagrado en la reforma constitucional del ’94 en el artículo 123, con lo cual teóricamente quedaba terminado el debate que había dividido a los que defendían la autonomía y los que defendían la autarquía, que reducía al municipio a una instancia economicista y administrativista, y los hacía más dependientes de los poderes provinciales”.
En función de un tema ya cerrado, consideró “un desprecio por la ley” que esto se desconozca ahora en Tierra del Fuego, si bien “desafortunadamente vemos en no pocas provincias argentinas que hay violaciones sistemáticas de la Constitución, de las cartas orgánicas, y se afecta la autonomía municipal”.
Más que al gobierno fueguino, apuntó contra “la Legislatura de la provincia, por la sanción de ley 1075”, en la cual se basa la demanda presentada por la agencia recaudadora de Tierra del Fuego ante el Superior Tribunal, planteando una acción declarativa de certeza.
“Esto ha llevado a que los municipios, en defensa de las autonomías, se hayan presentado ante el Superior Tribunal para rechazar terminantemente esta propuesta avasalladora de la Constitución y la autonomía que ha hecho la AREF. Esto lo considero groseramente inconstitucional y todo ha sido presentado de manera tan burda que, quien se atribuye la representación de la provincia en la presentación, es una entidad autárquica -AREF-. Eso importa desconocer la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sobre una demanda de Rentas a la provincia de Misiones, donde la Corte planteó la falta de legitimación activa, porque no representan a la provincia”, citó como precedente.
“La Corte dijo que es el gobernador de la provincia quien representa la provincia y acá no hay demanda firmada por el gobernador ni por el Fiscal de Estado. Se trata de una entidad autárquica y el Superior Tribunal tiene que rechazar inmediatamente esta acción”, sentenció.
Se le preguntó si fue un error del gobierno derivar a la AREF la presentación, y no pudo precisarlo pero ratificó que “es un error”. De todas maneras, aclaró que “si lo presentaba la gobernadora hubiera sido muy triste y muy grave, porque sería la propia gobernadora quien quiere avasallar la autonomía municipal. Es muy claro que estos tributos corresponden al orden municipal y esto viene desde la ley 236. Ya tiene 33 años de vigencia e incluso hay legislación anterior del Territorio Nacional”, dijo.
“Pretender meter un zarpazo para quedarse con tributos que históricamente han sido de los municipios, es de una gravedad inusitada”, calificó el constitucionalista, y advirtió que aun presentándolo la gobernadora, “estamos ante una violación de la Constitución Provincial y la Nacional. Hay una serie de fallos muy claros y yo mismo he sido abogado en varios casos importantes ante la Corte Suprema”, dejando sin margen la posibilidad de un fallo en contra de los municipios, cuanto menos en la última instancia.

Justicia lenta

Por otra parte, se lo consultó sobre la demora del Superior Tribunal en resolver esta disputa, que ya lleva casi un año. Mencionó la “Encuesta de Cultura Constitucional Argentina, una sociedad anómica”, libro editado en 2016, donde entre otras cosas se analiza la confianza en las instituciones y “hay una clara percepción de la gente de lo mal que funciona el Poder Judicial”, indicó.
“Primero, porque no es independiente; segundo, porque no cumple adecuadamente con su función. La encuesta arroja que el incumplimiento de la Constitución y las leyes se debe a que no funciona bien el Poder Judicial, y que muchas veces la gente no recurre a la justicia porque cree que no trabaja o que es muy lenta. Esta lentitud del Superior Tribunal para resolver, a nosotros no nos sorprende. Hay que estar muy atentos a la resolución y, si se animan a una aberración que significaría no rechazar de inmediato la demanda y no reconocer el principio de autonomía municipal, no tengo dudas de que las dos municipalidades van a recurrir de inmediato a la Corte Suprema de Justicia, que tiene una jurisprudencia que claramente garantiza este principio”, anticipó.

La postura de “una eminencia”

Por su parte el secretario de Gestión y Participación Ciudadana del Municipio de Río Grande, Dr. Federico Runín, explicó que la presencia del Dr. Hernández “se enmarca en un ciclo de conferencias que hemos iniciado a principios de año. Anteriormente estuvo el Dr. Barcesat y ahora tuvimos el honor de contar con el Dr. Hernández, que es una eminencia en derecho constitucional. Corrobora y apoya la postura que mantuvimos desde el comienzo como municipio de Río Grande, compartido con el municipio de Ushuaia. El impuesto inmobiliario es de neto corte municipal, siempre perteneció a los municipios, y esperamos que estas jornadas sirvan de reflexión para concientizar sobre la situación”, confió.
Runín sostuvo que esta disputa de parte del gobierno “es netamente política, porque hablamos de una cifra de 70 millones de pesos para 2017, que en un presupuesto provincial de 25 mil millones de pesos no hace diferencia. En cambio, para un municipio es un monto realmente importante y equivale a un plan de obra pública municipal. Ahí se puede ver que no es una cuestión económica sino netamente política y quizás lo que persigue es transformar a los municipios en meras delegaciones administrativas”, concluyó.

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