Desde este jueves la tarifa del taxi aumentó más del 40 por ciento respecto de marzo, lo que significa un importante golpe al bolsillo de los usuarios en la ciudad de Río Grande. Así, la bajada de bandera que estaba a 105 pesos trepó a 150 y la ficha por minuto de 10,5 pesos subió a 15 pesos.
Río Grande.- Este jueves los usuarios del servicio público de taxis de esta ciudad se encontraron con la sorpresa de un nuevo aumento de la tarifa, mientras el Concejo Deliberante aprobaba una nueva ordenanza sobre este servicio.
Cabe recordar que el 23 de marzo de este año, el Ejecutivo municipal aprobó un aumento que casi llegó al 30 por ciento, al establecer la bajada de bandera, que estaba a 80 pesos, a 105 y la ficha por minuto de 8 pesos la subió a 10,5.
Ahora con la nueva tarifa, el servicio quedó del siguiente modo:
Bajada de Bandera: $150
Ficha cada cien metros: $15
Minuto de espera cada 30 segundos: $15
Por minuto: $30
Adicional de traslado por bulto: $10
Viaje superior a 20 kilómetros: $150
Cabe destacar que el servicio privado de remises cobrará la misma tarifa ya que el cálculo se hace para ambas modalidades de transporte.
Cabe remarcar que Río Grande 215 taxis de los cuales 115 están en la ATURG, por lo que se desprende que hay 115 hay 215 licenciatarios y propietarios de vehículos.
En tanto, hay 257 choferes de los cuales menos de 40 en blanco, según denunció el dirigente de SUPETAX Sebastián Ríos.
Hay 21 ordenanzas que se han modificado desde el 29 de julio del 2005. Las dos últimas fueron la Ordenanza Municipal Nº 4139/2020 y la Ordenanza Municipal Nº 4404/2021.
No más audiencias públicas
Justamente la Ordenanza Municipal Nº 4139/2020 en su primer artículo modificó el artículo 22 de la Ordenanza Municipal N° 2067/05 que a su vez fue modificado por el artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 3673/17 y en que en buen romance estableció las tarifas del Servicio Público de Taxis serán determinadas cada seis meses, a previa solicitud de parte. Los pedidos de re determinación de tarifa deberán acompañar un análisis de costos que lo justifiquen, en base al índice de precios mayoristas del INDEC o en base al promedio del aumento de precios que hayan experimentado los siguientes ítems:
a) Cambio de aceite completo.
b) Cambio de distribución completa con mano de obra.
c) Cambio de placa y disco de embrague con mano de obra.
d) Neumáticos.
En caso de hacer uso de esta última opción, se deben incorporar cotizaciones de al menos tres (3) concesionarios oficiales locales.
El análisis de los costos automáticamente definirá la tarifa. El procedimiento de re determinación será reglamentado en un plazo de sesenta (60) días de sancionada la presente ordenanza.
Tema: Reglamento Servicio Público de Taxis
Modificada por Ordenanza 2124/05
Modificada por Ordenanza 2244/05
Modificada por Ordenanza 2380/07
Modificada por Ordenanza 2486/07
Modificada por Ordenanza 2552/08
Modificada por Ordenanza 2624/08
Modificada por Ordenanza 2757/10
Modificada por Ordenanza 2769/10
Modificada por Ordenanza 2794/10
Modificada por Ordenanza 2833/10
Modificada por Ordenanza 2874/11
Modificada por Ordenanza 2875/11
Modificada por Ordenanza 2882/11
Modificada por Ordenanza 2955/12
Modificada por Ordenanza 3103/13
Modificada por Ordenanza 3480/16
Modificada por Ordenanza 3673/17
Modificada por Ordenanza 3674/17
Incorpora art 45 bis la OM N° 3725/17
Modificada por Ordenanza 3883/18
Modifica art 22° OM Nº 4139/20
Suspende x 365 días art 25° inc a la OM N.º 4404/2021
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