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José Luís ‘Gigi’ Iglesias: “Con este decreto sería muy difícil mantener las cámaras en el interior del país”

El titular de la Cámara de Comercio de Río Grande José Luís ‘Gigi’ Iglesias analizó el Decreto 149/2025 y observó que “podrían desaparecer las cámaras regionales, como las patagónicas, porque les va a ser imposible seguir manteniendo sus puertas abiertas. No es lo mismo en Buenos Aires, donde tenés todo cerca, que en el interior del país; aguantarán uno o dos años, después van a tener que empezar a vender las sillas, los muebles, para pagarle a los empleados que les quedan para liquidar”, advirtió.

Río Grande.- En una entrevista en el programa ‘La mañana de la Tecno’ que se emite por Radio Universidad 93.5 MHz, José Luís ‘Gigi’ Iglesias, presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Río Grande (CCIP), fue consultado por el Decreto 149/2025, que establece que las empresas no estarán obligadas a realizar aportes económicos a las cámaras patronales, específicamente al fondo INACAP. Este aporte se traduce en un 0.5% sobre la masa salarial de los trabajadores en relación de dependencia.

 

Impacto del Decreto en el sector empresarial

 

El presidente de la CCIP expresó su preocupación por cómo está redactado el decreto, señalando que su alcance podría afectar a 26 organizaciones empresariales que abarcan diversas actividades, desde turismo hasta capacitación. Iglesias enfatizó que el impacto de esta medida podría ser significativo, no solo para las organizaciones gremiales, sino también para el comercio en general.

“El plazo que se da para realizar objeciones es excesivo”, afirmó Iglesias, quien también destacó que la Cámara ha estado trabajando en la capacitación de trabajadores a través de convenios con universidades y otros organismos. Sin embargo, los fondos que recibe de INACAP son limitados y no cubren los gastos operativos de la Cámara, que han aumentado considerablemente desde la pandemia.

Iglesias subrayó que la Cámara ha enfrentado desafíos financieros significativos, con un aumento en los gastos fiscales y una disminución en la recaudación de socios. “No podemos pedir el mismo sostenimiento de la institución con los aportes de los socios”, explicó, haciendo hincapié en la necesidad de encontrar un equilibrio entre las obligaciones fiscales y el apoyo a las empresas locales.

El presidente de la Cámara de Comercio de Río Grande también hizo un llamado a la administración pública para que considere la reducción de impuestos que afectan al comercio, sugiriendo que, en lugar de imponer nuevos aportes, se debería revisar la carga tributaria existente.

 

Colaboración y capacitación

 

‘Gigi’ Iglesias destacó la importancia de la colaboración entre la Cámara y el Ministerio de Trabajo, mencionando una reunión reciente donde se discutieron propuestas para fomentar el primer empleo en Río Grande. “Estamos trabajando para sostener el tejido productivo de la región”, afirmó, subrayando el compromiso de la Cámara con la capacitación y el desarrollo de los trabajadores.

En cuanto a las proyecciones económicas, Iglesias expresó su optimismo cauteloso. “Este año podría ser el año de la realidad, donde los precios se estabilicen y podamos planificar a largo plazo”, comentó. Sin embargo, también advirtió sobre la necesidad de una normalización del mercado cambiario y la importancia de contar con financiamiento adecuado para las empresas.

 

Comunicado

 

Previamente, Iglesias emitió un comunicado que reza: “La Cámara de Comercio Industria y la Producción de Río Grande, ante la difusión del decreto 149/2025, que establece que las empresas ya no estarían obligadas a realizar aportes económicos a las Cámaras patronales, salvo que estos sean aceptados de manera voluntaria,  medida que entraría en vigor dentro de 90 días, considera lo siguiente:

Compartimos y respaldamos acciones y opiniones públicas que realiza nuestro Presidente de la Cámara de Argentina de Comercio y Servicios (CAC) Natalio Mario Grinman, en todos sus conceptos: ‘Estos fondos son una herramienta fundamental no solo para la capacitación sino para la tarea de representación gremial y defensa del comercio que hacen cientos de cámaras en todo el país’ (SIC) que fueron ampliamente difundidas por medios radiales, televisivos de todo el país , solicitando su suspensión, adecuación y posterior resolución”.

“A su vez aclarar que, los aportes se encuentran legalmente vigentes, destacando que, al no tratarse de un aporte personal, el trabajador no sufre ningún descuento en su salario con motivo de dicha contribución ya que el esquema es financiado exclusivamente mediante contribuciones patronales”.

“Nuestra Cámara abocada a la representación, capacitación y actualización de los comerciantes, brindando herramientas presencial y digital para adaptarse en un nuevo panorama innovador del comercio mundial, capacitando e informando en directo desde nuestra Institución con eventos, considera injusto y en demérito de las representaciones empresarias alejadas del Centro del País una medida de esta naturaleza que tendería a hacer desaparecer en primera instancia las representaciones regionales”, cerró José Luís Iglesias.

 

El Decreto 149/2025

 

Cabe recordar que este decreto fue publicado en el Boletín Oficial de la Nación y lleva la firma del presidente Javier Milei y de los ministros Guillermo Francos y Sandra Pettovello.

Dicho decreto reza en su Artículo 1° que “las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos”.

“La imposición en curso o la aceptación a que se refiere la última parte del párrafo anterior podrá ser revocada libremente, y en cualquier oportunidad, mediante simple comunicación fehaciente a la entidad correspondiente”.

Agrega en su Artículo 2° que la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano, como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y su modificatoria, no homologará ni registrará convenios o acuerdos colectivos que contradigan lo dispuesto en el artículo anterior”.

El tercer Artículo establece que “la presente medida entrará en vigencia a los 90 días corridos de su publicación en el Boletín Oficial”.

 

 

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