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Dra. María del Carmen Battaini: “El juez no puede condenar si hay duda razonable”

La Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Dra. María del Carmen Battaini, admitió la dificultad de probar la inocencia en situaciones donde los delitos han ocurrido hace muchos años. “Es un tema complejo y es un debate de difícil solución, porque parecería a veces que estamos abarcando o entrando a imposibles”, afirmó. La magistrada enfatizó que la carga de la prueba recae en el denunciante, pero también reconoció las complicaciones que surgen al intentar reconstruir hechos ocurridos hace dos décadas. Por otra parte, la ministra del alto tribunal también se refirió a la importancia de la implementación de un sistema acusatorio, que podría agilizar los procesos y dar mayor protagonismo a las víctimas.

Ushuaia.- En una entrevista en FM Master’s, la Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Dra. María del Carmen Battaini, se refirió a la compleja temática de las denuncias por abuso sexual y la presunción de inocencia, un principio fundamental en el sistema judicial. Durante la conversación, la Dra. Battaini destacó los desafíos que enfrentan tanto las víctimas como los acusados en estos casos.

La Dra. Battaini comenzó la entrevista reconociendo la dificultad de probar la inocencia en situaciones donde los delitos han ocurrido hace muchos años. “Es un tema complejo y es un debate de difícil solución, porque parecería a veces que estamos abarcando o entrando a imposibles”, afirmó. La magistrada enfatizó que la carga de la prueba recae en el denunciante, pero también reconoció las complicaciones que surgen al intentar reconstruir hechos ocurridos hace dos décadas.

“Cuando se habla de estos delitos, hay tal variedad que no se puede concretamente, así de sencillo, determinar sí o no”, explicó, refiriéndose a la complejidad de cada caso y la necesidad de un análisis detallado. La Dra. Battaini subrayó que, en el contexto de la justicia, “el juez no puede condenar si hay duda razonable”, reafirmando el principio de que la inocencia debe ser la norma hasta que se demuestre lo contrario.

La conversación también abordó la evolución de la justicia en relación con los tiempos sociales. “La evolución es rápida y las leyes quedan muchas veces en el tiempo”, comentó, añadiendo que es fundamental encontrar métodos no jurisdiccionales para resolver problemas que no necesariamente requieren llegar a un juicio. “A veces, la jurisprudencia puede solucionar temas de interpretación, pero en causas penales, si no se tiene el tipo de delito y la prueba fehaciente, no hay condena”, explicó.

La Dra. Battaini también se refirió a la importancia de la implementación de un sistema acusatorio, que podría agilizar los procesos y dar mayor protagonismo a las víctimas. “El acusatorio va a resolver muchos de estos temas porque va a ser más ágil, se va a dar intervención a la víctima”, afirmó, sugiriendo que este cambio podría mejorar la dinámica de los juicios.

En relación con los casos de violencia de género, la Dra. Battaini mencionó la figura de la reparación integral. “La reparación integral está admitida y se extingue la pena”, explicó, pero también destacó la necesidad de que la víctima comprenda que esta reparación es válida y suficiente. “No pasa solamente por lo que podríamos decir material”, añadió, enfatizando la complejidad de las emociones y experiencias que rodean a estos casos.

La Dra. María del Carmen Battaini concluyó la entrevista subrayando la importancia de abordar estos temas con sensibilidad y un enfoque integral, reconociendo tanto los derechos de las víctimas como la necesidad de proteger la presunción de inocencia de los acusados. Su perspectiva ofrece un valioso aporte al debate sobre cómo mejorar el sistema judicial en casos de abuso sexual y violencia de género.

 

Principio de inocencia

 

La locución latina “In dubio pro reo” es un principio jurídico que significa que en caso de duda, la sentencia debe favorecer al acusado. Se trata de una extensión del principio de inocencia.

 

¿Cuándo se aplica?

 

Se aplica en los procesos penales.

Se aplica cuando el juez o tribunal tiene dudas sobre la culpabilidad del acusado.

Se aplica cuando no hay suficientes elementos que le acrediten al juez la culpabilidad del imputado.

 

¿Por qué se aplica?

 

Protege al imputado de la arbitrariedad de una condena.

Es un corolario de la presunción de inocencia.

Es una regla específica de valoración de la prueba favorable al acusado.

 

¿Cómo se aplica?

 

Se debe observar al aplicar la ley en los procesos penales.

Se debe absolver al imputado en caso de duda.

Se debe dilucidar si, con las pruebas adquiridas en el proceso, puede emitirse un juicio de certeza positiva.

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