Se trata de cinco ex militares, quienes tienen condenas en el marco de distintas causas. Además, estudian la suspensión del beneficio en otros veinticuatro casos.
En base a una solicitud efectuada en noviembre de 2015 por los entonces titulares de la Unidad Fiscal de Investigaciones de Delitos de la Seguridad Social (UFISES), Gabriel De Vedia y Josefina Minatta, para que se reviera el otorgamiento de la “Pensión Honorífica al Veterano de la Guerra del Atlántico Sur” a personas involucradas en delitos de lesa humanidad durante la última dictadura cívico-militar, la ANSeS resolvió suspender preventivamente el beneficio concedido a cinco condenados, mientras estudia el caso de otras veinticuatro personas.
Antecedentes del caso
La Ley 23.848, sancionada el 27 de septiembre de 1990, dispuso el otorgamiento de una pensión vitalicia a combatientes conscriptos y civiles que hubieran participado en efectivas acciones bélicas de combate en el conflicto del Atlántico Sur, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982. Tal norma fue modificada por la ley 24.652 e incluyó a los ex soldados conscriptos y los civiles que estuvieron destinados al área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur –aunque no hubieran participado del combate- mientras que, en 1997, la ley 24.892 extendió el derecho a percibir pensión vitalicia a los oficiales y suboficiales de las fuerzas armadas y de seguridad que se encontraban en situación de retiro o baja voluntaria.
Por su parte el Decreto 1357/2004 estableció que los veteranos de guerra que hubieran sido condenados por violación de los derechos humanos, entre otros, no podían ser beneficiarios de las Pensiones Honoríficas de Malvinas.
A partir de la investigación desarrollada por la UFISES se pudo constatar que muchos de los beneficiarios de la pensión estaban implicados en investigaciones por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar.
En función de ello, los fiscales Minatta y De Vedia solicitaron a la ANSeS que para el caso de los condenados se dispusiera la baja definitiva del beneficio y para los procesados y los prófugos, se les suspendiera provisoriamente hasta tanto se resolviera su situación procesal o se presentasen ante la justicia.
Ahora, en base a tal requerimiento, la ANSeS resolvió suspender preventivamente la pensión honorífica otorgada a los ex militares Ángel Ricardo Pezzetta, Carlos del Señor Hidalgo Garzón, Julio César Fulgencio Falcke, Juan Daniel Rauzzino y Anselmo Pedro Palavezzati.
Durante el conflicto armado, Pezzetta se desempeñó como Vicecomodoro de la Fuerza Área Argentina, Falcke estuvo destinado como capitán de corbeta en el A.R.A. “Comodoro Somellera”, Rauzzino y Palavezzati intervinieron en el conflicto como Teniente Coronel del Ejército, al tiempo que Hidalgo Garzón revestía el grado de Mayor en dicho cuerpo.
Todos ellos participaron –tal como tuvo por probado la justicia- en la dictadura cívico-militar de 1976-1983, que le costó la vida a miles de personas, muchas de las cuales aún se desconoce su destino.
Así, el 21 de abril de 2015, en un juicio en el que intervino el fiscal general Rafael Vehils Ruíz, el Tribunal Oral Federal de La Rioja condenó a Ángel Ricardo Pezzetta –quien se desempeñó como Alférez en la Base Aérea Celpa de la ciudad riojana de Chamical- a la pena de prisión perpetua tras encontrarlo responsable del homicidio agravado por el concurso de dos o más personas, privación ilegítima de la libertad y tortura de los sacerdotes Carlos de Dios Murias y Gabriel Longeville, en el marco de la investigación conocida como “Los mártires de Chamical”.
También, Juan Daniel Rauzzino fue condenado por el Tribunal Oral Criminal de Catamarca a 16 años de prisión como partícipe necesario en los homicidios de Julio Genero Burgos, Griselda del Huerto Ponce, Nelly Yolanda Borda y Francisco Gregorio Ponc, secuestrados en Catamarca y vistos por última vez en centros clandestinos de detención de la provincia de Tucumán, entre el 6 de abril de 1976 y el 27 de enero de 1977. Sin embargo, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal elevó a prisión perpetua la condena dictada al ex jefe de la Policía de la Provincia de Catamarca en el marco de la causa “Ponce Borda I”.
En febrero de 2016, el ex jefe de Contrainteligencia de la Base Naval de Mar del Plata, Julio César Falcke, fue condenado a prisión perpetua por el Tribunal Oral Federal marplatense en la Megacausa “Base Naval” donde se juzgaron los crímenes cometidos contra 123 víctimas que pasaron por los centros clandestinos de detención que funcionaron en la Base Naval, en la Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina y en la Prefectura Naval Argentina de Mar del Plata.
Por su parte, Carlos del Señor Hidalgo Garzón y Anselmo Pedro Palavezzati fueron condenados a prisión perpetua por el Tribunal Oral Federal de La Plata, por los delitos cometidos contra 127 personas que fueron secuestradas, torturadas y asesinadas en el Centro Clandestino de Detención “La Cacha”, que funcionó en una casona aledaña al complejo penitenciario de Lisandro Olmos, al este de La Plata. El mismo era controlado por el Cuerpo de Inteligencia del Ejército y en él también actuaron miembros de la Armada y el Servicio Penitenciario Bonaerense. Asimismo, ambos hombres serán enjuiciados en el marco de la investigación por los delitos cometidos en el Pozo de Banfield.
Asimismo, Hidalgo Garzón también fue condenado, el 12 de mayo de 2013, por el Tribunal Oral Federal N°3 de San Martín, por la apropiación y supresión de identidad de Laura Catalina De Sanctis Ovando, al tiempo que espera ser enjuiciado en el marco de los crímenes cometidos en la Brigada de San Justo.
En relación a Palavezzati, también espera ser sometido a juicio oral y público en la causa en la que se investigan los crímenes de 192 personas ocurridos en el centro clandestino que funcionó en los cuerpos de Infantería y Caballería de la Policía Bonaerense –donde se desempeñaba como miembro del Destacamento de Inteligencia 101 del Ejército en La Plata- y por los padecidos por otras 125 víctimas del Centro Clandestino de Detención Pozo de Quilmes, que funcionó en la Brigada de Investigaciones de dicha jurisdicción bonaerense, en la intersección de las calles Allison Bell y Garibaldi.
Próximos a ser excluidos del beneficio
Como en el caso de Pezzetta, Falcke, Rauzzino, Palavezzati e Hidalgo Garzón, la Dirección de Detección de la ANSeS analiza quitarles el beneficio a otros veinticuatro ex militares que intervinieron en la Guerra de Malvinas, pero que también están involucrados en delitos de lesa humanidad.
Tal es el caso de Julio César Binotti, Rodolfo Oscar Cionchi, Francisco Lucio Rioja, Juan Arturo Alomar, Carlos Eduardo Daviou y Miguel Ángel García Velasco, quienes son juzgados en el marco de la Megacausa “ESMA Unificada”. También Ricardo Guillermo Corbetta participó en los crímenes de la ESMA, pero fue declarado incapaz, en 2008. Durante el conflicto bélico de Malvinas se desempeñaron como teniente de fragata en el Comando de Infantería de la Armada, Teniente de Navío en el Batallón de Infantería Marina N°5, Capitán de Corbeta en la Jefatura de Inteligencia del Estado Mayor de la General de la Armada, Teniente de Navío en el Destructor ARA Hércules, capitán de corbeta en el Comando de Operaciones Navales, Teniente de Navío en el Escuadrón Aeronaval N°4 y Capitán de corbeta en el ARA Granville, respectivamente.
Por su parte, Rafael Francisco Bitti -quien se desempeñó como subteniente del Regimiento de Infantería de Montaña 11 con asiento en el departamento de Tupungato, provincia de Mendoza, y como Teniente Coronel del Ejército Argentino durante el conflicto bélico de Malvinas- está imputado como autor material de privación abusiva de la libertad agravada y tormentos agravados en un caso, en la Megacausa “San Rafael».
Durante la Guerra de Malvinas, Delsis Ángel Malacalza era Teniente Coronel del Ejército; actualmente está detenido con prisión domiciliaria en el marco de la pesquisa por los vuelos de la muerte del Batallón 601. También por los crímenes en el Batallón de Comunicaciones del Comando 601 de City Bell, es investigado Eduardo Enrique Barreiro –quien revistió como Capitán del Ejército en Malvinas-
Omar Edgardo Parada –general brigadier durante el conflicto bélico- es investigado como jefe del Regimiento de Infantería de Monte 28 en el marco del Operativo Independencia. También, Julio Santiago Canteros –quien revistió como Coronel en el Ejército durante la guerra del Atlántico Sur-, fue enjuiciado en Corrientes en el marco de la causa “Ligas Agrarias”.
En el marco de los delitos cometidos en el Centro Clandestino de Detención “La Escuelita” de Neuquén, se enjuiciará al ex miembro de la Fuerza Aérea, Miguel Ángel Cancrini, al tiempo que Lucas Marcelo Castro –Coronel del Ejército en Malvinas- será enjuiciado por los crímenes ocurridos en el CCD que funcionó en los Cuerpos de Infantería y Caballería de la Policía Bonaerense, en La Plata. También por lo ocurrido en el Centro Clandestino de Detención conocido como “Pozo de Banfield”, se enjuiciará a Guillermo Domínguez Matheu, quien sirvió en el Ejército durante la guerra del Atlántico Sur.
Daniel Eduardo Robelo estaba en la Armada cuando se desató la Guerra de Malvinas, pero fue condenado a prisión perpetua como ex jefe de Contrainteligencia en la causa por los delitos cometidos en la Base Naval de Mar del Plata. También en dicha jurisdicción se investiga a Alfonso Eduardo Nicolás y Alfredo Raúl Weinstabl –capitanes de fragata en el Comando de Flota de Mar y en el Batallón de Infantería Marina N°2 durante la guerra- por los crímenes perpetrados por la Fuerza de Tareas N°6 de la Base Naval marplatense.
Por su parte, Alcides José Cerutti y Gonzalo Gómez Centurión –ex Comodoro de la Fuerza Aérea y capitán, respectivamente, durante Malvinas- son investigados por los crímenes del Centro Clandestino de Detención “La Cueva”, que funcionó en la ciudad bonaerense de Mar del Plata.
La lista de ex militares cuyas pensiones honoríficas son revisadas se completa con Adalberto Osvaldo Bonini, Enrique Stel, Julio Manuel Santamaría y Vicente Alfredo Flores -quienes revistieron como Suboficial Mayor, Coronel, Capitán y Sargento Primero del Ejército en Malvinas, respectivamente- imputados por los crímenes acaecidos en el marco de la causa V Cuerpo del Ejército de Bahía Blanca y del Batallón 181 de Comunicaciones de esa ciudad bonaerense.
Criterio de la CSJN y la PGN en caso Acosta
Lo resuelto por la ANSeS a raíz de la presentación de los fiscales De Vedia y Minatta guarda relación con el precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Acosta Jorge Eduardo c/ Estado Nacional – Administración Pública Nacional s/ Amparos y sumarísimos”, en el que el Máximo Tribunal compartió el criterio sentado por la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, y resolvió que el actor no debía ser beneficiario de una pensión honorífica dado que había sido condenado por delitos de lesa humanidad.
Entre los argumentos vertidos por la Procuradora –y reeditados por la Corte Suprema- se señaló que “el reconocimiento al honor que implica el otorgamiento de esa pensión es incompatible con el hecho de ser condenado por la comisión de los delitos más atroces contra la humanidad”.
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