El SENASA evitó la comercialización y el consumo de 6,5 toneladas de alimentos en descomposición y a temperatura ambiente que transportaba un camión desde La Matanza (Buenos Aires) hacia Ushuaia. Fue en el Puesto “Km 714” (al sur de Bahía Blanca) en la Barrera Zoofitoanitaria Patagónica donde este equipo de inspección detectó la presencia de “envases con crema de leche hinchados y manteca en proceso líquido”.
Ushuaia.- El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) evitó la comercialización y el consumo de 6.425,45 kilogramos de alimentos en descomposición y a temperatura ambiente, que transportaba un camión desde La Matanza (Buenos Aires) hacia Ushuaia (Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur).
El sábado 21 de enero, al momento de realizar los controles habituales en el Puesto “Km 714” (al sur de Bahía Blanca) de la Barrera Zoofitoanitaria Patagónica del SENASa, un equipo de inspección detectó la presencia de “envases con crema de leche hinchados y manteca en proceso líquido” dentro del compartimiento de carga de un vehículo donde la temperatura era de 25 a 30 grados centígrados por lo que dispuso su decomiso en resguardo de la salud pública.
Tal lo detallado en el acta labrada al efecto: “La carga decomisada estaba compuesta por 2600 kilogramos de lácteos varios, 3550 kilogramos de pastas, y 275,45 kilogramos de fiambres, chacinados y salazones”.
“De acuerdo a la normativa vigente, nuestro equipo de inspectoras e inspectores decomisó la mercadería en Infracción para su posterior disposición final”, informó el supervisor de la Barrera Zoofitosanitaria Patagónica, Mauricio Leonardo.
Agregó que «la disposición final de estos productos se realizó con la colaboración del personal y equipos de la Municipalidad de Villarino, con el cual el Senasa tiene un Convenio de Colaboración».
Asimismo, el funcionario indicó que las actuaciones del equipo de la Barrera se «realizaron en el marco del Decreto Nacional 4238/68, la Resolución 38/12 del ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (Magyp) y el Capítulo XXXI de la Ley 18.284 – Código Alimentario Argentino».
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