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Sancionaron la ley que suspende ejecuciones fiscales en Tierra del Fuego

Fue en la sesión desarrollada este miércoles tras el acuerdo de todos los bloques; en el beneficio -de un año de vigencia- estarán comprendidos aquellos contribuyentes cuya base imponible total del impuesto sobre los Ingresos Brutos, declarada por el período fiscal 2023, no supere los $500.000.000.

Ushuaia.- Se sancionó este miércoles en Legislatura provincial la Ley que suspende las ejecuciones fiscales a los comerciantes de la Provincia por el plazo de un año.

En lo que fue la tercera sesión ordinaria de 2024, se puso a consideración el proyecto que contaba con dictamen de comisión, donde se instruye a la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF)  a “suspender el inicio de ejecuciones fiscales de toda deuda que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley se encuentre en condiciones de ser ejecutada”.

Así como también la continuidad de aquellas que se encuentran en trámite “sin acto de ejecución ni traba de la medida cautelar que pueda afectar la actividad del contribuyente, suspendiendo los plazos procesales”.

En el artículo 2° de la ley se estipula que quedarán incluidos dentro de este beneficio aquellos contribuyentes de la provincia de Tierra del Fuego AIAS cuya base imponible total del impuesto sobre los Ingresos Brutos declarada por el período fiscal 2023 “no supere la suma de $500.000.000 (pesos quinientos millones)”.

Mientras tanto, estipula que el contribuyente beneficiario de la presente ley “por el lapso de 6 meses deberá acogerse dentro del plazo a los planes de pago vigentes y los que en el futuro se dicten”, siendo que la autoridad de aplicación de esta ley -la AREF- o el organismo que en el futuro la reemplace.

A su vez, el artículo 6° instruye a la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios (DPOSS) y a la Dirección Provincial de Energía (DPE) a “suspender el inicio de la continuidad de acciones judiciales de ejecución respecto de los usuarios que reúnan los requisitos del artículo 2°”.

Se invita a los municipios y a la Cooperativa Eléctrica de Río Grande “a dictar normativa de beneficios similares a los aquí previstos”, para concluir con que la ley entrará en vigencia “a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial

de la Provincia”.

 

 

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