Después de sufrir cuestionamientos y no tratarlo en la última sesión especial, finalmente este jueves los parlamentarios aprobaron el proyecto de Presentación Espontánea y Regularización de Deuda presentado por el legislador Damián ‘Loli’ Löffler que posibilitará que los contribuyentes, tanto comercios como PyMEs, puedan ponerse la día con sus deudas ante AREF.
Ushuaia.- Finalmente este jueves, en la 5ta Sesión Ordinaria, los legisladores aprobaron el Régimen Especial de Presentación Espontánea y Regularización de Deuda que los contribuyentes, tanto comercios como PyMEs, puedan ponerse la día con sus deudas ante AREF.
Se trata de una iniciativa impulsada por el legislador del Movimiento Popular Fueguino, Damián ‘Loli’ Löffler, que “permitirá a los contribuyentes la regularización de su situación fiscal”.
“El objetivo es que quienes se hayan atrasado en pagar los impuestos dado el escenario económico que se atraviesa, puedan acceder a la moratoria”, expresaron desde el bloque FORJA.
Entienden que la herramienta, permitirá a los contribuyentes la regularización de su situación fiscal.
Asimismo, en los fundamentos indicaron que “los comercios o cuentapropistas que hayan tenido dificultades para pagar los impuestos en Agencia de Recaudación Fueguina (AREF), en estos últimos tiempos, podrán normalizar esa situación”.
Reconocieron que en “muchos casos, la situación de atraso no está relacionada con una intencionalidad sino que está vinculada con un factor recesivo que está viviendo la economía actualmente. Todo el sector comercial posee dificultades al momento de cubrir gastos”.
La norma específica que los contribuyentes o responsables tendrán un plazo de sesenta (60) días corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, para formalizar su acogimiento. Además se faculta a la AREF a prorrogar el presente Régimen por un plazo único de treinta (30) días corridos.
Anexo I
Cuotas, % de remisión y tasa de interés, según el tipo de contribuyente:
2
Micro, Pequeñas empresas y el resto de los contribuyentes
C CUOTAS | % de remisión de intereses y cargos | % de intereses s/saldos |
1 | 100% | – |
2 a 12 | 80% | 2,00% |
13 a 24 | 60% | 2,50% |
25 a 48 | 40% | 3,00% |
49 a 84 | 20% | 3,50% |
Grandes contribuyentes (más de $1.000 millones)
C CUOTAS | % de remisión de intereses y cargos | % de intereses s/saldos |
1 | 60% | – |
2 a 12 | 40% | 3,00% |
13 a 24 | 30% | 3,50% |
25 a 48 | 20% | 4, |
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